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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

 

 

 

 

El presente reglamento ha sido elaborado en consulta y participación de docentes, directivos y representante legal.

Se han tomado las directrices del Decreto 67 del 2018 y se ha ajustado al Proyecto Educativo Vicentino y a la propuesta de Proyecto Curricular Vicentino.

El actual Reglamento de Evaluación entrará en vigencia a partir de marzo de 2020 y será revisado anualmente para ajustarlo a las diversas situaciones emergentes. La revisión y mejora del Reglamento será responsabilidad de la Dirección de la Comunidad Educativa Vicentina con la participación de los diversos integrantes de la comunidad.

 

La Fundación Educacional Escuela Santa Luisa de Marillac, RBD: 10359, señala que el presente reglamento está dirigido a los niveles de enseñanza que imparte la Escuela, de Pre-kínder a 8° básico. Bajo un régimen de evaluación semestral, adscrito a los Planes y Programas del Ministerio de Educación.

 

ASPECTOS GENERALES.

Artículo 1: Características de la evaluación.

            a) La evaluación es una oportunidad de aprendizaje en la que los estudiantes desarrollan procesos metacognitivos; ha de hacerse con frecuencia y estar integrada en el proceso de aprendizaje, poniendo principal énfasis en la retroalimentación, a través de un análisis de  las dificultades más comunes presentadas por los estudiantes cada vez que se evalúe.

            b) La evaluación tiene un carácter continuo y se basa en observaciones permanentes y reflexivas sobre cada estudiante.

            c) El proceso de evaluación se considera como parte intrínseca de la enseñanza y se implementa espacialmente con la función formativa y sumativa.

            d) Tendrá un uso formativo en la medida que se integra a la enseñanza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los estudiantes es decir, cuando la evidencia del desempeño de éstos, se obtiene, interpreta y usa por los docentes y por los estudiantes para tomar decisiones acerca de los siguientes pasos en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

            e) Las actividades de aprendizaje y los procesos evaluativos se realizarán principalmente dentro del horario escolar. Toda actividad evaluativa contempla la retroalimentación y las estrategias para el seguimiento de su calidad y pertinencia.

            f) Una metodología utilizada será la planificación y desarrollo de Proyectos Pedagógicos de Aula que propiciarán el desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes, potenciando la  investigación, la recopilación y análisis de información, la capacidad crítica y el trabajo colaborativo. Estos se desarrollarán durante las clases, de acuerdo a periodos y plazos planteados por el docente y la retroalimentación del trabajo desarrollado debe realizarse clase a clase con pautas específicas para que los participantes puedan autoevaluar el progreso del proyecto.

            g) Los procesos de evaluación por asignatura se calendarizarán por curso y/o nivel, los docentes se coordinarán en los períodos evaluativos y en la aplicación de los diversos instrumentos que pudieran llevar o no calificación.

            h) Las siguientes disposiciones explicitan las estrategias que se utilizarán para potenciar la evaluación formativa:

- Cada docente al inicio del semestre (unidad) explicará y entregará al estudiante la programación con los detalles de esta, los procedimientos evaluativos que se utilizarán para demostrar su aprendizaje al final de una unidad o un semestre.

- El principal instrumento que se aplicará para calificar la unidad, será implementado al inicio del semestre utilizándose como evaluación inicial (diagnóstico). Los resultados serán discutidos y analizados en clases con el fin de dimensionar el tipo de aprendizaje que conlleva la unidad a trabajar. Al final de la unidad se utilizará un instrumento de similares características como evaluación sumativa.

- Las pruebas de habilidades en lenguaje y matemática: Tendrán como finalidad establecer los logros y dificultades que presentan los estudiantes a nivel de las habilidades trabajadas. Los resultados serán comunicados a los estudiantes y apoderados y serán la base de medidas remediales que se implementarán. Serán aplicadas preferentemente en mayo y octubre.

            g) Las siguientes disposiciones se establecen para diversificar la evaluación en orden a atender de mejor manera a la diversidad de los alumnos:

Considerando que:

  • Es pertinente diversificar la evaluación en orden a atender de mejor manera a la diversidad de los alumnos.

  • Es necesario otorgar a los estudiantes igualdad de oportunidades en el proceso evaluativo, considerando las diferencias y características individuales, con el fin de asegurar su participación y progreso en los aprendizajes.

  • El diseño de experiencias evaluativas ofrece a los estudiantes actividades desafiantes que implican expectativas, motivación y esfuerzo por aprender, estableciendo el logro de tareas de aprendizaje.

  • El diseño de experiencias evaluativas implica  retos o problemas para resolver, el estudiante debe dar respuesta respecto de sus conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes.

Se dispone:

  • Las tareas evaluativas serán diversificadas para que los estudiantes logren demostrar sus capacidades teniendo la posibilidad de expresar y demostrar diferentes formas de aprender, de recuperar o integrar conocimientos. Para ello las evaluaciones diversificadas deben evidenciar:

  • Las formas de presentación de la información,

  • Las formas de respuesta del estudiante,

  • La organización del entorno y del tiempo destinado al proceso evaluativo.

  • La evaluación debe propiciar el acceso de todos los estudiantes planteando oportunidades de evaluaciones diversificadas.

  • Para estudiantes que tienen un diagnóstico establecido, los profesionales de apoyo sugerirán procedimientos acordes a las características de esos estudiantes.

Artículo 2: Para enriquecer la diversidad de instancias evaluativas, el colegio promueve evaluaciones:

  • Según los agentes se implementarán instancias y procedimientos de autoevaluación que posibiliten a los alumnos reconocer sus fortalezas y desafíos por lograr. Los estudiantes participarán en instancias de coevaluación promoviendo la corresponsabilidad del aprendizaje con sus compañeros y compañeras, manteniendo siempre el valor del respeto y caridad. Para las instancias de heteroevaluación, el colegio establecerá los requisitos técnicos que deberán cumplir los instrumentos que utilice el docente, especialmente los referidos a calificación del rendimiento.

  • Los docentes acordarán la aplicación de instrumentos con función diagnóstica, los que estarán dirigidos a ubicar las dificultades en el desarrollo de las habilidades. El resultado de estas instancias se reflejará en adecuaciones curriculares para todo estudiante que requiera apoyo.

  • Por otro lado, las evaluaciones formativas se aplicarán en toda la dinámica de la clase, otorgando en forma oportuna la retroalimentación necesaria para quienes requieran apoyo.

  • Las evaluaciones sumativas deben reflejar el logro de las habilidades que los estudiantes han alcanzado.

  • Las evaluaciones se implementarán utilizando diversos instrumentos como: pruebas escritas, orales y de ejecución.

La evaluación sumativa, tiene por objeto certificar, generalmente mediante una calificación, los aprendizajes logrados por los alumnos.

 

Artículo 3: De las tareas y trabajos en casa:

Las tareas y trabajos que se desarrollen fuera del horario escolar estarán sujetos a los siguientes criterios:

  • No podrán estar motivadas por un castigo o sanción a la disciplina o al ritmo diferente.

  • Tiene por objetivo reforzar lo trabajado en clases

  • La duración máxima será calculada en 20 minutos de dedicación diaria

  • Serán revisadas por el/la profesor/a en la fecha estipulada, retroalimentando sus logros o aspectos a superar

  • No se entregarán tareas para días feriados o vacaciones de invierno o Fiestas Patrias.

 

Los trabajos grupales fuera del horario escolar están sujetos a los siguientes criterios:

  • Se implementarán trabajos grupales a partir de 7° básico y una vez que se ha capacitado al curso para implementar esta metodología.

  • Los trabajos deberán llevar una guía que explicite claramente lo que se espera que hagan, definiendo el rol de cada participante.

  • Contarán con una pauta de evaluación o rúbrica.

  • Se implementará hasta tres trabajos grupales por semestre en las asignaturas que determine el Consejo Técnico Pedagógico.

  • El énfasis del trabajo estará en las habilidades para el trabajo en equipo y el aprendizaje cooperativo.

  • Los apoderados serán informados de esta metodología y tendrán los criterios del trabajo y la cronología.

DE LA ORGANIZACIÓN PEDAGÓGICA

 

Artículo 4: La organización y gestión pedagógica estará basada en los Consejos de Profesores.

 

Esta instancia es la que refrenda las decisiones tomadas en base a procesos de reflexión y análisis de resultados. Los equipos de aula tendrán asignado un conjunto de horas para el desarrollo de esta actividad.

            a) Los Consejos de profesores podrán implementarse por ciclos, niveles o Departamentos de Asignaturas. En estos espacios se revisará la coordinación de las asignaturas y los resultados obtenidos en el proceso de la enseñanza y el aprendizaje. Se analizarán las buenas prácticas y los desafíos que se han encontrado.

            b) Se implementarán, al menos, tres Consejos de Profesores para analizar el rendimiento y determinar las causas y soluciones a los rendimiento no satisfactorios. Si hay casos que requieran de un apoyo especial, se dejará por escrito el diagnóstico y los remediales. Este documento será presentado a los respectivos apoderados, los que deberán ser firmados por ellos como toma de conocimiento. Si hay discrepancia en el diagnóstico o las medidas remediales, entre el apoderado y la visión del Consejo de Profesores, será la Unidad Técnico Pedagógica la que revisará el caso y presentará la solución a Dirección.

            c) Dada la naturaleza del Proyecto Educativo, se implementan procesos de reflexión y formación integral para los equipos y personal del colegio. Allí, el foco está en el proceso de auto formación como docente en su dimensión trascendente y personal y en la formación de la persona estudiante.

            d) El Equipo Multidisciplinario promoverá la reflexión de la comunidad educativa sobre los elementos que influyen en el progreso y logros del aprendizaje de los estudiantes y los aspectos que los dificultan, entregando los lineamientos para la implementación de remediales pertinentes.

            e) La Dirección implementará instancias de reuniones con: Centro de Apoderados y Microcentros; Centro de Estudiantes y Microcentros para favorecer la comunicación y reflexión entre los diversos integrantes de la comunidad educativa, centradas en el proceso, el progreso y los logros de aprendizaje de los estudiantes.

Artículo 5: Derechos y deberes del estudiante:

            a) El estudiante tendrá derecho a recibir de cada asignatura un programa escrito el cual debe contener el contenido a tratar, las habilidades más relevantes a desarrollar,  la forma de evaluación para lo antes mencionado, impreso o por medio digital, al inicio de cada semestre, donde se especifique el tipo de evaluaciones que acompaña la planificación, asignándole la ponderación correspondiente a cada unidad de acuerdo a los objetivos de aprendizaje. El programa contendrá las formas y criterios que se utilizarán en cada unidad. Dichas formas y criterios se especificarán.

            b) Los estudiantes tienen derecho a ser informados de los criterios de evaluación; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al presente reglamento.

            c) El estudiante tendrá derecho a recibir retroalimentación de las evaluaciones.

            d) El estudiante tendrá derecho a conocer la forma en que han sido calificados sus evaluaciones y podrá solicitar revisión del proceso si se comprueba algún tipo de error.

Artículo 6: Deberes del estudiante:

a) El estudiante debe entregar el mejor esfuerzo para demostrar su aprendizaje en todas las instancias en que se le solicite hacerlo.

b) El estudiante debe participar activamente en todas las instancias de evaluación externa a la que el colegio es convocado, dando lo mejor de sí para entregar la información solicitada.

c) El estudiante debe ser honesto en todas las instancias, especialmente en las referidas a la demostración de su aprendizaje.

Artículo 7: Derechos y deberes del padre, madre y apoderado.

a) Los apoderados tendrán derecho a recibir de parte del profesor jefe una síntesis del programa escrito que especifique contenido a tratar, las habilidades más relevantes y la forma de evaluación,  por asignatura y al inicio de cada semestre, donde se especifique el tipo de evaluaciones que acompaña la planificación. El programa contendrá las formas y criterios que se utilizarán en cada unidad. Considerando los cambios y la flexibilidad propia de los procesos evaluativos. UTP será responsable de validar la información entregada a padres y apoderados.

            b) Tendrá derecho a recibir información oportuna del rendimiento de su hija/o.

c) Tendrá derecho a ser recibido por el/la docente del curso o asignatura o profesional, de acuerdo a horarios pre establecidos, para recabar información, orientación y acordar acciones a implementar.

Artículo 8: Deberes del apoderado, padre o madre:

d) El apoderado, padre o madre, deberá asistir a reuniones de curso, a citaciones especiales, de orientación y acuerdo para asegurar el aprendizaje de su hija/o.

e) Deberá procurar los espacios y tiempos para el hija/o de desarrolle académicamente y comunicar a los profesionales del colegio situaciones que pueden afectar el aprendizaje, concordando las acciones a seguir.

 

DE LAS CALIFICACIONES: 

Artículo 9: En los niveles de Transición de la Educación Parvularia:

            a) La evaluación en educación parvularia, de acuerdo a las bases curriculares, es una instancia formadora y una herramienta de apoyo al aprendizaje. Desde esta perspectiva, se constituye en un proceso permanente, sistemático, reflexivo y dinámico. (MINEDUC 2018)

            b) Las niñas y niños de  Primer y Segundo nivel de Transición de Educación Parvularia serán evaluados en todos los  ámbitos de experiencias y núcleos  de aprendizaje que contemplan las bases curriculares.

            c) Los ámbitos de experiencias y núcleos de aprendizajes a ser evaluados son los siguientes:

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 d) Las categorías con que serán evaluados los indicadores seleccionados en cada ámbito y experiencia complementaria son los siguientes:

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e) Cada educadora y profesor/a del ciclo deben consignar la evaluación de los niños y niñas del curso de manera oportuna y correcta, tanto en los libros de clase respectivos como en el Sistema de Registro Curricular.

f) Los principales hitos relativos a la evaluación de los aprendizajes de los niños y niñas de párvulos serán comunicados a inicios de cada semestre por la educadora, ya sea mediante reuniones de apoderados o mediante la página web del CEV, en especial la realización del diagnóstico, el comienzo, desarrollo o culminación de proyectos, el cierre del semestre y el cierre del año escolar, así como todos aquellos aspectos evaluativos de relevancia para el desarrollo de las niñas y niños del ciclo.

 

Artículo 10  La evaluación y Calificación de los alumnos de 1° a 4° Básico se implementará de la siguiente forma:

a) Los alumnos serán calificados con conceptos durante ambos semestres.

b) La calificación por conceptos, para los estudiantes de 1° a 4° básico, se fundamenta en los siguientes aspectos:

·         Facilitar la transición de la niña y del niño a la Educación General Básica, desarrollando las habilidades y actitudes necesarias e implementando los procesos de enseñanza y aprendizaje que se requieran para facilitar la articulación entre ambos niveles.

·         Promover en la niña y el niño la identificación y valoración progresiva de sus propias características personales, necesidades, preferencias y fortalezas, para favorecer una imagen positiva de sí mismos y el desarrollo de su identidad y autonomía, como también, la consideración y el respeto de la singularidad en los demás.

·         Disminución de la preeminencia de la calificación para favorecer el proceso de aprendizaje, basado en los conceptos de evaluación formativa y de respeto por el error como un aspecto esencial del aprendizaje.

·         Disminución de la ansiedad y preocupación por las calificaciones de los y las estudiantes y de sus apoderados y apoderadas.

·         Desarrollo creciente de la autonomía y metacognición en los niños y las niñas.

·         Estableciendo un proceso de enseñanza y aprendizaje que favorezca la diversidad.

·          Reconocimiento del amplio y profundo conocimiento que tienen los y las docentes de sus estudiantes y de sus aprendizajes.

c) Los conceptos a utilizar en cada unidad en las diversas evaluaciones son:

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d) Al consignar los conceptos en los sistemas de registro e informes, se utilizarán, además, las siguientes siglas:

NE: No se evalúan los aprendizajes Objetivos de aprendizaje

NO: No se observan los Objetivos de aprendizaje

e) La calificación final semestral para las y los estudiantes de 1° a  4° Básico corresponderá al concepto logrado al término del semestre obtenido en su proceso de aprendizaje. Esta calificación se expresará utilizando los conceptos:

e) La calificación final, expresada en la escala de 1 a 7  se establecerá en base al rendimiento y avance del desarrollo de sus habilidades, considerando los conceptos obtenidos en cada unidad, en especial, lo obtenido en la última unidad. Participarán en esta instancia: educadores del nivel, docentes de asignaturas, representante de la Coordinación Pedagógica. La asignación de la calificación estará respaldada por las evidencias de evaluaciones formativas y sumativas.

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Artículo 11: Las calificaciones de desde 5° básico a IV° medio.

a) Las evaluaciones sumativas comunican el nivel del logro en las habilidades de los estudiantes.

b) En las calificaciones parciales se utilizará la escala del 1 al 7 sin decimales.

c) La traducción del desempeño a notas está orientada por una escala que deberá ser adaptada a las habilidades trabajadas en cada asignatura bajo el siguiente esquema:

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Artículo 12: Promedio Anual de 5° básico a IV medio.

a) Las calificaciones que darán origen a la calificación anual serán un promedio ponderado, hasta con un decimal y con aproximación de la centésima, de las calificaciones obtenidas de las unidades trabajadas.

b) La ponderación de las unidades irá subiendo de acuerdo al avance en el semestre, siendo siempre una ponderación menor al de la unidad siguiente.

c) Cuando la calificación de la última unidad supera en dos puntos a la primera unidad, se entenderá como calificación final la resultante de la última unidad, siempre y cuando esta no sea menor que el promedio ponderado obtenido.

d) El número de calificaciones mínimo por unidad será una y el máximo dos. Las evaluaciones formativas no tienen mínimos ni máximos, solo se rigen por la pertinencia didáctica.

e) Las unidades a trabajar por asignaturas serán mínimo 2 y máximo cuatro por semestre, deben ser proporcionales a las unidades anuales considerados en los programas de estudios. Otra decisión respecto al número de unidades, será acordada en conjunto con la UTP.

f) Las evaluaciones parciales, dentro de la unidad, ya sean formativas y/o sumativas, ingresarán al libro de clases y, además, al sistema electrónico respectivo.

 

DE LAS EXIMICIONES

Artículo 13: De la no eximición de evaluaciones en las asignaturas

a) Los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura del plan de estudio, debiendo ser evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas o módulos que dicho plan contempla.

No obstante, en relación a las evaluaciones de las unidades, el establecimiento implementará las diversificaciones pertinentes para las actividades de aprendizaje y los procesos de evaluación de las asignaturas en caso de los estudiantes que así lo requieran.

b) Respecto de las evaluaciones recuperativas. Se entenderá por evaluación recuperativa a toda instancia de aplicación de evaluaciones fuera del calendario establecido formalmente por coordinación académica.

c) Los estudiantes que se ausentan a una evaluación calendarizada tendrán la posibilidad de recuperar la evaluación en otra instancia formalizada por Coordinación Pedagógica. El profesor es el responsable de informar a UTP la ausencia del estudiante y solicitar el calendario recuperativo.

Las situaciones que ameritan esta situación son:

  • Presentar dificultades de salud, inasistencias reiteradas justificadas con certificado médico.

  • Inasistencias por faltas al  Manual de Convivencia. (ejemplo suspensión de clases)

  • Presentar algún motivo justificado durante la jornada escolar que le impida rendir una evaluación. (salud, emocional, duelo, retiro del establecimiento, caso judicializado).

 

DEL SISTEMA DE REGISTRO DE LAS CALIFICACIONES PARA TODAS LAS ASIGNATURAS DEL PLAN DE ESTUDIO.

Artículo 14: El registro de las evaluaciones formativas y sumativas será en el libro de clases y el sistema computacional respectivo. Para ello:

a) El docente debe contar con un registro y evidencia de los procesos evaluativos que den cuenta de la diversificación de la evaluación respectiva.

b) Asimismo debe registrar las evaluaciones sumativas y formativas en el libro de clases y sistema computacional del CEV.

Artículo 15.- Las calificaciones de las asignaturas de Religión, Consejo de Curso y Orientación no incidirán en el promedio final anual ni en la promoción escolar de los estudiantes.

 

DE LA PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 16: En la promoción de los estudiantes se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas y la asistencia a clases.

Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los estudiantes que:

a) Hubieren aprobado todas las asignaturas o módulos de sus respectivos planes de estudio.

b) Habiendo reprobado una asignatura o un módulo, su promedio final anual sea como mínimo un 4.5, incluyendo la asignatura o el módulo no aprobado.

c) Habiendo reprobado dos asignaturas o dos módulos o bien una asignatura y un módulo, su promedio final anual sea como mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas o módulos no aprobados.

En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los alumnos que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el calendario escolar anual.

Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los estudiantes en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean nacionales e internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las ciencias y las artes.

El director del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-pedagógico consultando al Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de estudiantes con porcentajes menores a la asistencia requerida para casos como los que se enumeran a continuación: Ingreso tardío y término anticipado del año escolar; ausencias a clases por períodos prolongados;  suspensiones de clases por tiempos prolongados;  finalización anticipada del año escolar respecto de uno o varios estudiantes individualizados; situaciones de embarazo; servicio militar; cambio de curso. certámenes nacionales o internacionales en el área del deporte, la literatura, las ciencias y las artes; becas u otros; estudiantes con de media jornada, por recomendación de especialista de la salud

               b) Los criterios y procedimientos para la resolución de estas situaciones especiales son:

  • El apoderado deberá presentar los antecedentes que ameriten una solución. En su petición escrita, deberá explicar el motivo y adjuntar la documentación pertinente (protocolo de exámenes, tratamientos médicos o informe de especialista). Los certificados e informes deben corresponder a la fecha en que se solicita una solución a la situación presentada.

  • Los antecedentes serán valorados por la Dirección del establecimiento educacional en conjunto con el profesor(a) respectivo(a), y Coordinadora de UTP, quienes deberán resolver.

  • Las soluciones deberán contemplar un resguardo de la salud física y psicológica; un esfuerzo proporcional al estado del estudiante;

  • La Dirección, junto a los Profesores del curso, resolverán la situación de evaluación y promoción de aquellos estudiantes que ingresen con posterioridad al inicio del año lectivo. Para acceder a la promoción del curso que corresponda, el alumno deberá haber cursado a lo menos un semestre completo en el Colegio y su situación final deberá quedar resuelta al término del año escolar.

  • En los casos de embarazo, maternidad y paternidad, que se implementarán medidas para asegurar la permanencia de los estudiantes en el establecimiento.

c) Cuando proceda cambio de curso durante el proceso escolar, el estudiante será traspasado con todas las calificaciones y observaciones que haya obtenido a la fecha en el curso de origen. El procedimiento lo realizará el Inspector General con el Profesor(a) Jefe (a), informando, oportunamente, a todos los actores educativos afectados: estudiante, apoderado, profesor (a) jefe (a) del curso destino, UTP y encargada SIGE.

 

Artículo 17.- Situación de estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción:

  1. Estudiantes que presentan una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente.

Estas situaciones de estudiantes, con riesgo de repitencia, serán conocidas y trabajadas antes de la finalización del año escolar. Para ellos se implementará acciones de acompañamiento pedagógico que será caracterizado más adelante.

En el caso de que las acciones implementadas no logren el efecto esperado, la repitencia será fruto de un análisis de:

               - Un informe elaborado por el jefe técnico-pedagógico, en colaboración con el profesor jefe, otros profesionales de la educación, y profesionales del establecimiento que hayan participado del proceso de aprendizaje del alumno.

      - El informe, individualmente considerado por cada estudiante, deberá considerar, a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:

  • El progreso en el aprendizaje que ha tenido el estudiante durante el año;

  • La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el estudiante y los logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior; y

  • Las consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación del estudiante y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.

El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior, podrá ser consignado en la hoja de vida del estudiante.

El análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado.

 

Artículo 18: La situación final de promoción o repitencia de los estudiantes deberá quedar resuelta antes del término de cada año escolar. Una vez aprobado un curso, el estudiante no podrá volver a realizarlo.  

DISPOSICIONES SOBRE LA FORMA Y LOS TIEMPOS PARA LA COMUNICACIÓN SOBRE EL PROCESO, PROGRESO Y LOGROS DE APRENDIZAJE A LOS ESTUDIANTES PADRES, MADRES Y APODERADOS;

Artículo 19: Reuniones e información de apoderados.

a) El Colegio implementará reuniones de apoderados, las que tendrán como finalidad, entre otros aspectos de la formación integral, la entrega de información relacionada con los avances y resultados del proceso de aprendizaje de los estudiantes.

b) Además, los Profesores Jefes y/o comunicarán al apoderado, en una entrevista, los avances del estudiante, en al menos dos instancias al año. Las conclusiones y acuerdos deberán quedar por escrito en un sistema de registro y firmado por el apoderado y profesor.

c) Los profesionales del equipo multidisciplinar citarán a los apoderados a reuniones informativas y formativas para dar a conocer los diagnósticos, intervenciones, progresos de los estudiantes que requieran de un apoyo especial. Cada instancia deberá ser protocolarizada con un acta en donde quede constancia de todos los antecedentes y acuerdos asumidos por ambas partes.

Artículo 20: El Colegio utilizará, además, los medios de comunicaciones on line para distribuir la información de los diferentes eventos que requiera del conocimiento del apoderado.

DEL ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO:

Artículo 21: Definición.

a) El acompañamiento pedagógico es un proceso que promueve el aprendizaje en los estudiantes ya sea de manera individual o colectiva para aquellos que requieran mayores o diferentes instancia de aprendizaje. Pretende disminuir las posibilidades de repitencia. También asume el seguimiento de aquellos estudiantes que repitieron.

b) En este proceso deberán implementarse los cambios necesarios para fortalecer al estudiante con las herramientas necesarias de forma tal que lo habilite para su autonomía.

c) El acompañamiento definirá los apoyos necesarios con instancias internas y/o externas

d) El proceso para diseñar un acompañamiento contemplará los siguientes aspectos y momentos:

  • La Coordinación Pedagógica determinará la periodicidad de los análisis del rendimiento académico. De dichos análisis deberán determinar los estudiantes que requieren de apoyo.

  • Se definirán en la Coordinación Académica los indicadores cuantitativos y cualitativos.

  • Elaborar un plan de acompañamiento para dar seguimiento a las trayectorias. Dicho plan debe incluir, al menos, el responsable, definir el equipo que intervendrá, las acciones, las evidencias, las reuniones con los apoderados, los plazos y la instancia que revisará el proceso.

  • Articulación y monitoreo en las reuniones de coordinación con los profesionales PIE y los docentes.

  • Disponer de espacios, físicos y temporales, de trabajo colaborativo para el monitoreo y confección de los informes del proceso de acompañamiento.

 
SITUACIONES DE PLAGIO

Artículo 22: Ante situaciones de copia o plagio

  1. El estudiante que es sorprendido copiando durante una evaluación, entregando o recibiendo información evidenciándose: ayuda memoria, apuntes de clases, cuadernos, respuestas del instrumento evaluativo o cualquier información en forma escrita,  oral, o por medios digitales; se calificará con evaluación mínima y se registrará el hecho en la Hoja de Observaciones del estudiante.

Recibirá la misma calificación mínima en los siguientes casos:

- Al negarse a rendir una evaluación según los procedimientos establecidos.

- Al ser sorprendido copiando a un compañero(a)  o  adulterando resultados.

- Responder prueba de otro(a) estudiante.

- Cambiar el nombre en los instrumentos de evaluación.

- Poner su nombre en un trabajo en el que no ha participado o  aceptar ser incluido.

- Utilizar trabajos de otro estudiante en beneficio propio.

- Entregar trabajos fuera de plazo fijado por el profesor, sin certificado médico u otra forma de justificación válida.

- Si responde con rayados, dibujos, groserías de cualquier tipo o si arruga o rompe la prueba.

- Permitir que otro estudiante copie o plagie una evaluación escrita o trabajo escrito.

  1. Si en una situación de evaluación escrita u oral, un estudiante conversa, interviene impertinentemente con comentarios o referencias a la evaluación u otras intervenciones fuera de contexto y no permite el desarrollo normal del proceso evaluativo, se hará retiro del instrumento de evaluación.

El docente evaluará, junto a Unidad Técnico Pedagógica, si procede la repetición de la evaluación o la aplicación de la calificación según lo desarrollado al momento del retiro del instrumento. Se registrará el hecho en la Hoja de Observaciones del estudiante y si la conducta se reitera, no se volverá a considerar este procedimiento, siendo materia exclusivamente de Convivencia Escolar.

  1. En el caso de presentarse en cualquier asignatura sin tarea, o materiales, o trabajos, o investigaciones, o lecturas complementarias y todo lo que involucre una evaluación, el docente registrará el hecho en la hoja de observación del libro de clases y aplicará la disminución del puntaje según la rúbrica correspondiente.

  2. Todo trabajo escrito, de cualquier asignatura debe ser presentado con letra legible, limpieza y orden, así como también, debe exigir una elaboración personal del estudiante y no ser sólo una fotocopia, plagio o impresión textual de Internet. De lo contrario, el docente puede exigir rehacerlo en un plazo determinado hasta que cumpla con los requisitos señalados o bien, calificar con evaluación mínima, si se niega a rehacerlo.

 

Artículo 23.- La situación final de promoción de los estudiantes deberá quedar resuelta al término de cada año escolar, procediendo a la entrega un certificado anual de estudios que indique las asignaturas, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

 

SITUACIONES NO CUBIERTAS

Artículo 24: Las situaciones que no ha sido cubiertas en el presente reglamento serán resueltas por la Dirección de la Escuela.

Reglamento de Evaluación 2020

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